Regl. 7054, art. 6-6.7 dup2
Reglamento de Personal para los Empleados de Carrera.
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Cite as Reglamento Núm. 7054, Art. 6-6.7 dup2
Normas EspecÃficas para Cubrir Puestos Regulares con Carácter
Probatorio
La Comisión, llevará a cabo procedimientos especiales de reclutamiento y selección
para cubrir puestos regulares con carácter probatorio siempre y cuando concurran las
siguientes circunstancias:
1. Que no exista registro de elegibles apropiados.
2. Que la Comisión no pueda establecer el registro de elegibles en seis (6) meses.
3. Que las prioridades y urgencias del servicio justifiquen que se ofrezca el examen
de inmediato al candidato 0 los candidatos que hubiere disponibles.
4. La Comisión preparará y publicará el aviso público y las convocatorias a
examen.
Ésta incluirá la ubicación de los puestos a cubrirse, los requisitos para la
clase de puesto y calificaciones especiales requeridas si algunas. Además, se
informará que el registro de elegibles que se establezca quedará cancelado tan
pronto se cubra el O los puestos vacantes para los cuales se convoca a
examen.
5. La Comisión, administrará y calificará el examen correspondiente y notificará la
calificación obtenida 0 llegibilidad a los examinados.
6. Se establecerán listas de candidatos cualificados para cada clase de puesto
ordenándolos en forma descendente de calificación, conforme al resultado
obtenido en los exámenes.
7. La Autoridad Nominadora, expedirá las certificaciones de elegibles y hará las
selecciones correspondientes conforme a lo siguiente:
MANUAL DE PERSONAL
SERVICIO DE CARRERA
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a. Serán certificados los primeros diez (10) elegibles en orden de metas,
que acepten empleo.
b. Si hubiera menos de diez (10) candidatos en el registro se certificarán los
nombres de los que estén disponibles.
C. La selección deberá hacerse de entre los primeros diez (10) candidatos
mejor calificados que estén disponibles en a lista de elegibles.
d. De haber cinco (5) candidatos que acepten nombramientos y no existan
en lista candidatos adicionales, la Autoridad Nominadora, deberá
seleccionar entre aquellos disponibles.
8. Luego de hacer la selección de candidatos para los puestos incluidos en la
autorización, la Autoridad Nominadora procederá a cancelar el registro de
elegibles.