Regl. 7054, art. 6-6.7 dup2

Reglamento de Personal para los Empleados de Carrera.

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Cite as Reglamento Núm. 7054, Art. 6-6.7 dup2

Normas Específicas para Cubrir Puestos Regulares con Carácter Probatorio La Comisión, llevará a cabo procedimientos especiales de reclutamiento y selección para cubrir puestos regulares con carácter probatorio siempre y cuando concurran las siguientes circunstancias: 1. Que no exista registro de elegibles apropiados. 2. Que la Comisión no pueda establecer el registro de elegibles en seis (6) meses. 3. Que las prioridades y urgencias del servicio justifiquen que se ofrezca el examen de inmediato al candidato 0 los candidatos que hubiere disponibles. 4. La Comisión preparará y publicará el aviso público y las convocatorias a examen. Ésta incluirá la ubicación de los puestos a cubrirse, los requisitos para la clase de puesto y calificaciones especiales requeridas si algunas. Además, se informará que el registro de elegibles que se establezca quedará cancelado tan pronto se cubra el O los puestos vacantes para los cuales se convoca a examen. 5. La Comisión, administrará y calificará el examen correspondiente y notificará la calificación obtenida 0 llegibilidad a los examinados. 6. Se establecerán listas de candidatos cualificados para cada clase de puesto ordenándolos en forma descendente de calificación, conforme al resultado obtenido en los exámenes. 7. La Autoridad Nominadora, expedirá las certificaciones de elegibles y hará las selecciones correspondientes conforme a lo siguiente: MANUAL DE PERSONAL SERVICIO DE CARRERA PAGINA 41 186 a. Serán certificados los primeros diez (10) elegibles en orden de metas, que acepten empleo. b. Si hubiera menos de diez (10) candidatos en el registro se certificarán los nombres de los que estén disponibles. C. La selección deberá hacerse de entre los primeros diez (10) candidatos mejor calificados que estén disponibles en a lista de elegibles. d. De haber cinco (5) candidatos que acepten nombramientos y no existan en lista candidatos adicionales, la Autoridad Nominadora, deberá seleccionar entre aquellos disponibles. 8. Luego de hacer la selección de candidatos para los puestos incluidos en la autorización, la Autoridad Nominadora procederá a cancelar el registro de elegibles.
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