Regl. 7054, art. 9-9.8 dup2
Historiales de Adiestramientos e Informes
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Cite as Reglamento Núm. 7054, Art. 9-9.8 dup2
1. Historial en Expedientes 00 Empleados
La Autoridad Nominadora, mantendrá en el expediente de cada uno de sus
empleados un historial de los adiestramientos en que éstos participan, el cual podrá ser
utilizado como una de las fuentes de referencia para el tema de decisiones relativas a
ascensos, traslados, asignaciones de trabajo, evaluaciones y otras acciones de
personal. El historial de adiestramiento del empleado podrá incluir evidencia de
participación, por iniciativa propia, en cualquier actividad educativa reconocida.
2. Historiales de Actividades
La Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación, mantendrá historiales de
las actividades de los adiestramiento celebrados, evaluaciones de las mismas y
personas participantes, para fines de la evaluación de sus respectivos programas de
adiestramiento y desarrollo.
3. Informes
Para fines de medición de la actividad global de adiestramiento y desarrollo del
personal en el servicio público, la Comisión de Investigación, Procesamiento y
MANUAL DE PERSONAL
SERVICIO DE CARRERA
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Apelación, enviará a la División para el Desarrollo del Capital Humano, los
adiestramientos celebrados durante el año fiscal. El informe deberá contener la
información necesaria sobre el volumen y clases de adiestramientos ofrecidos, los
gastos incurridos en adiestramientos y el número de participantes.
PARTE IV
OTRAS DISPOSICIONES RELATIVAS A LA ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS
HUMANOS