Regl. 7067, art. 10-10.02

-- Revisión y Términos para Radicar

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Cite as Reglamento Núm. 7067, Art. 10-10.02

Una parte final del Consejo y que haya agotado todos los remedios provistos por la agencia, podrá presentar una solicitud de revisión ante el Tribunal Superior con competencia dentro de un término de treinta (30) días contados a partir de la fecha del archivo en autos de la copia de la notificación de la orden O resolución final de la agencia. La parte notificará la presentación de la solicitud de revisión al Consejo y a todas las partes, dentro del término para solicitar dicha revisión.
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