Regl. 7067, art. 10-10.02
-- Revisión y Términos para Radicar
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Cite as Reglamento Núm. 7067, Art. 10-10.02
Una parte final del Consejo y que haya agotado todos los
remedios provistos por la agencia, podrá presentar una solicitud de
revisión ante el Tribunal Superior con competencia dentro de un
término de treinta (30) días contados a partir de la fecha del archivo
en autos de la copia de la notificación de la orden O resolución final
de la agencia. La parte notificará la presentación de la solicitud de
revisión al Consejo y a todas las partes, dentro del término para
solicitar dicha revisión.