Regl. 7067, art. 9-9.02

Criterios para la Imposición de la Multas

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Cite as Reglamento Núm. 7067, Art. 9-9.02

En el ejercicio de esta facultad y para la evaluación de cuándo proceder con la imposición de multas administrativas, se podrá tomar en consideración los siguientes factores, los cuales no se interpretarán, de manera alguna, como una limitación para proceder con la imposición de multas administrativas bajo cualquier otra circunstancia que constituya una violación de ley: 6 1. La posibilidad real de no poderse conformar la violación 0 incumplimiento con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, ya sea mediante la presentación de una solicitud de autorización O mediante cualquier otra gestión administrativa pertinente. 2. La intensidad, magnitud, localización, tamaño, tipo 0 costo de la violación O incumplimiento. 3. El efecto perjudicial de la violación O incumplimiento a la protección de utilidad pública y patrimonio del Pueblo de Puerto Rico. 4. El efecto detrimental de la violación O incumplimiento sobre el ambiente, sobre el valor, uso y disfrute de la propiedad O sobre el interés público envuelto. 5. Desidia del infractor en cumplir con la reglamentación vigente.
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