Regl. 7075, art. 8
REGISTRO DE LICITADORES CUALIFICADOS:
Cite as Reglamento Núm. 7075, Art. 8
El Registro Único de Licitadores de ASG debe ser utilizado en todo proceso de compra
que efectúe el SRM, excepto cuando se opte por utilizar el Registro de Licitadores Cualificados
del SRM. Para ingresar al Registro de Licitadores Cualificados, los proveedores deben presentar
anualmente los siguientes documentos:
1. Certificación de radicación de planillas contributivas y certificación de ausencia de
deuda contributiva O certificación de estar acogido a un plan de pago con el
Departamento de Hacienda.
2. Certificación de ausencia de deuda por concepto de contribuciones sobre la
propiedad.
3. Certificación de ausencia de deuda por la Administración de Sustento de Menores.
4. Certificación de ausencia de deuda por concepto de incapacidad, desempleo y seguro
choferil, si aplica.
16
5. Certificación de pago de póliza al Fondo de Seguro del Estado, si aplica y
certificación de ausencia de deuda.
6. Certificado de la incorporación O autorización de hacer negocios en Puerto Rico
emitidos por el Departamento de Estado y certificado de buena pro (good standing), si
aplica.
7. Copia de la patente municipal y cualquier licencia o permiso de operar el negocio, si
aplica.
8. En aquellos casos que sea necesario, copia de las pólizas de seguros que sean
requeridas para brindar el servicio.
Cuando se considere necesario el SRM puede requerir información adicional incluyendo,
pero sin limitarse a experiencia y años de servicio, lista de contrato otorgados con los gobiernos
estatales y municipales, entre otros.
Los requisitos del Registro de Licitadores Cualificados no serán de aplicación a las
compras por el Internet siempre que éstas ocurran un máximo de cinco (5) veces al año, y cada
una de ellas no exceda de diez mil dólares ($10,000.00). El límite de adquisición anual no
aplicará cuando la compra es de libros, subscripciones y programas de computadoras. Tampoco
se exige en las compras a cadenas de tiendas locales o firmas multinacionales. Las cuales sólo
tienen que someter el certificado de Incorporación o la autorización para hacer negocios en
Puerto Rico emitido por el Departamento de Estado, lo que aplique. Asimismo, el registro no es
aplicable a la compra de pasajes y estadías para propósitos oficiales.
El SRM puede relevar de los requisitos impuestos cn este Artículo a aquellos proveedores
que estén suscritos al Registro Único de Licitadores. Es estos casos es necesario que sometan el
certificado de elegibilidad expedido por ASG.
17
El Director del Área de Servicios Auxiliares puede utilizar su discreción para eximir a un
proveedor de la presentación de alguno de los documentos requeridos, sin embargo, ello debe ser
justificado previamente por escrito y formar parte del expediente del proveedor.
Si un proveedor incumple con los términos de la transacción de compra u ofrece un mal
servicio al SRM, su nombre puede ser retirado temporera o permanentemente del Registro de
Licitadores Cualificados.