Regl. 7075, art. 9-9.1
Responsabilidades y Poderes de la Junta de Subastas:
Cite as Reglamento Núm. 7075, Art. 9-9.1
1. Recibir, evaluar, adjudicar 0 rechazar las ofertas.
2. Adoptar las normas y procedimientos de funcionamiento interno.
3. Adoptar un sello.
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4. Cualquier otro asunto relacionado con la función de compras que el Director
Ejecutivo considere conveniente que la Junta realice.
El Presidente de la Junta de Subastas tendrá, entre otras, las siguientes responsabilidades,
deberes y poderes:
1. Dirigir los procedimientos y representar la Junta.
2. Convocar y presidir las reuniones.
3. Emitir las recomendaciones de la Junta.
4. Firmar el Aviso de Subasta tanto el que se publica en los periódicos como el
que se incluye en los pliegos, para dar a conocer sobre la celebración de las
subastas en el SRM.
El Secretario (a) de la Junta de Subastas tendrá, entre otras, las siguientes
responsabilidades, deberes y poderes:
1. Responder directamente al Presidente.
2. Custodiar toda la información contenida en los libros, récords, expedientes y
documentos de la Junta.
3. Mantener récord de toda la correspondencia recibida 0 enviada por la Junta.
4. Recibir y abrir la correspondencia de la Junta, distribuirla y custodiarla.
5. Recibir, custodiar y velar por la tramitación adecuada de los expedientes de
subastas.
6. Citar a las reuniones de la Junta.
7. Notificar las adjudicaciones y acuerdos de la Junta a las partes interesadas.
8. Certificar los acuerdos y las adjudicaciones cuando éstas se tomen y cualquier
otro documento de la Junta.
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9. Asistir a las reuniones de la Junta para tomar las minutas y levantar las actas
sobre los acuerdos y las adjudicaciones.