Regl. 7083, art. III-2

Nombramiento de Personal Administrativo

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Cite as Reglamento Núm. 7083, Art. III-2

A. El Presidente de la Comisión en consulta con sus miembros, nombrará un Director Ejecutivo, en quien delegará funciones administrativas y operacionales, por el término de tiempo que éste crea pertinente y mientras goce de su confianza. El Director Ejecutivo llevará a cabo todas las funciones a él delegadas por la Comisión y actuará de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 20 del 31 de mayo de 1985, según enmendada. Además, servirá de Secretario Permanente de la Comisión e implementará las decisiones de la misma. Organizará y coordinará reuniones y actividades de este cuerpo y sus Subcomisiones: tomará, transcribirá, conservará y distribuirá minutas de todas las reuniones de la Comisión y/o -10- Subcomisiones, como también notas oficiales relacionadas con acuerdos y resoluciones aprobadas por la Comisión. Además, será responsable a la Comisión por la efectiva y apropiada utilización de los fondos de la Comisión y llevará y conservará para ésta récords minuciosos de todos los ingresos y gastos que ese cuerpo tenga. El Director Ejecutivo operará con un presupuesto aprobado por la Comisión y rendirá informes trimestrales a ésta sobre el movimiento de los fondos consignados en el presupuesto. B. El Director Ejecutivo organizará, implementará y/o supervisará todas las funciones y tareas que en él y en su equipo de trabajo delegue la Comisión. El Director Ejecutivo le será responsable directamente a la Comisión por las funciones y tareas delegadas. C.EI Director Ejecutivo determinará y recomendará para la aprobación de la Comisión la creación de los puestos administrativos, necesarios para ayudarle a descargar las funciones que le han sido delegadas por la Comisión, así como su clasificación y salarios. El Director Ejecutivo nombrará los incumbentes que ocuparán dichos puestos. Tendrá facultad, además, para contratar los servicios que sean necesarios y que no requieran la creación de un puesto regular. Estos contratos serán tramitados de acuerdo a las disposiciones de ley vigente. -11- D.EI salario y demás beneficios marginales del Director Ejecutivo serán establecidos por la Comisión.
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