Regl. 7084, art. VII

Solicitud, Cobro y Entrega de Copias de Documentos Oficiales

Last amended: 2006Length: 312 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7084, Art. VII

A. Los solicitantes que interesen obtener copia de algún documento oficial, deberán radicar su solicitud por escrito, dirigida al Director Ejecutivo de la Autoridad o al Director de Área, cuya oficina custodia el documento solicitado 0 a un representante autorizado. B. La unidad organizacional que custodia el documento oficial solicitado brindará al solicitante información sobre el importe por la obtención de copias y la certificación de las mismas, Además, le indicará la forma y lugar en que se deberá efectuar el pago. C. El Recaudador entregará al solicitante el Recibo Oficial, al momento de éste efectuar el pago por la obtención de las copias del documento oficial deseado y por la certificación de las mismas, si aplica. D. Cada unidad organizacional que custodia el documento oficial solicitado será responsable de proveer al solicitante las copias al momento de éstas ser requeridas. En caso de no ser posible debe entregarlas dentro de un tiempo razonable, que no deberá exceder un término de cinco (5) días laborables, salvo que exista una situación fuera de su control. Se exceptuarán de esta disposición aquellos casos en que por ley o reglamento se establezca un término fijo para la entrega de copias de documentos oficiales. E. Toda persona interesada en obtener copias de los reglamentos de la Autoridad disponibles al público, bajo la custodia de la Oficina de Organización y Métodos, deberá efectuar el pago correspondiente del documento al Recaudador y mostrar evidencia del mismo. F. En circunstancias extraordinarias, en que sea necesario efectuar un reembolso del pago, éste será procesado dentro de un periodo máximo de 10 días laborables, una vez sea entregado el recibo que evidencia el pago. Reglamento 09-007 Página 7 de 9 G. En caso de que el solicitante interese que se le certifiquen las copias de los documentos oficiales, se procederá conforme a lo dispuesto en el Artículo IX de este reglamento.
Regl. 7084, art. VII: Solicitud, Cobro y Entrega de Copias de Documentos Oficiales | Justis AI