Regl. 7085, art. 5.2

Notificación al Director Ejecutivo

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Cite as Reglamento Núm. 7085, Art. 5.2

1. Para que el contratista o subcontratista pueda solicitar la reducción en el volumen de negocios a base del cual se calculará la cuantía de la patente municipal, éste deberá presentar una declaración jurada al Director Ejecutivo de la Autoridad. 2. En esta declaración jurada el contratista o subcontratista deberá atestar que no incluyó en el contrato, otorgado entre éste y la Autoridad para las obras a ser realizadas, una partida equivalente a la patente municipal resultante del volumen de negocio descontado de acuerdo a la Regla 5.1. 3. La Oficina de Asesoramiento Legal de la Autoridad, luego de estudiar la declaración jurada provista por el contratista o subcontratista, y cualquier otro documento que estime necesario solicitar para la determinación del monto a ser descontado del volumen de negocios, emitirá una certificación para la firma del Director Ejecutivo. Esta certificación autorizará al contratista o subcontratista a descontar los pagos hechos a otros subcontratistas bajo el contrato primario del cómputo del volumen de negocios. El Director Ejecutivo deberá emitir la referida certificación dentro de los treinta (30) días a partir de la radicación de la mencionada declaración. 4. En los casos en que el Director Ejecutivo emita una certificación negativa, el contratista o 8 subcontratista tendrá derecho a una reconsideración dentro del término de quince (15) días y presentar la evidencia necesaria y pertinente que justifique la emisión de la certificación positiva. El término de quince (15) días transcurrirá a partir de la fecha en que el contratista o subcontratista se entendió notificado 5. En el caso que el Director Ejecutivo ratifique su decisión original de emitir una certificación antigua, está será final y firme. Esta certificación inhabilitará al contratista o subcontratista a reclamar el beneficio de exención ante el Municipio. 6. La certificación del Director Ejecutivo deberá ser incluida con la solicitud de exención contributiva que en su momento realice el contratista o subcontratista ante el Municipio.
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