Regl. 7087, art. 14.10.13-7
Facultades y Responsabilidades de la Oficina Central de Presupuesto
Cite as Reglamento Núm. 7087, Art. 14.10.13-7
La Oficina Central de Presupuesto tendrá las siguientes facultades y
responsabilidades para propósitos de este reglamento:
A. Recibir copia de la Resolución Conjunta debidamente aprobada y crear un
expediente para dicha resolución. Notificar a la Oficina Central de Finanzas.
CERTIFICACIÓN NÚMERO 70
2005-2006
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B. De corresponder la asignación a un proyecto de mejoras permanentes cuyo
beneficiario sea la Universidad o cualquiera de sus unidades institucionales,
verificar que el mismo haya sido incluido como parte del Programa de
Mejoras Permanentes de la Universidad. De no estar incluido en el Programa
de Mejoras Permanentes, solicitar a la Oficina de Desarrollo Físico e
Infraestructura que evalúe el mismo y sea sometido a la consideración
correspondiente. Se enviará copia a la Oficina Central de Finanzas.
C. Velar porque la entidad receptora envíe los informes, documentos y valores
requeridos en este Reglamento. Examinar los documentos e información
recibida para determinar que ésta cumple con las disposiciones de la Ley y de
este Reglamento. De observar algún incumplimiento o posible falla en el uso
de los fondos asignados, coordinar con la Oficina de Auditoría Interna la
acción a seguir.