Regl. 7087, art. 14.10.13-7

Facultades y Responsabilidades de la Oficina Central de Presupuesto

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Cite as Reglamento Núm. 7087, Art. 14.10.13-7

La Oficina Central de Presupuesto tendrá las siguientes facultades y responsabilidades para propósitos de este reglamento: A. Recibir copia de la Resolución Conjunta debidamente aprobada y crear un expediente para dicha resolución. Notificar a la Oficina Central de Finanzas. CERTIFICACIÓN NÚMERO 70 2005-2006 Página 8 de 13 B. De corresponder la asignación a un proyecto de mejoras permanentes cuyo beneficiario sea la Universidad o cualquiera de sus unidades institucionales, verificar que el mismo haya sido incluido como parte del Programa de Mejoras Permanentes de la Universidad. De no estar incluido en el Programa de Mejoras Permanentes, solicitar a la Oficina de Desarrollo Físico e Infraestructura que evalúe el mismo y sea sometido a la consideración correspondiente. Se enviará copia a la Oficina Central de Finanzas. C. Velar porque la entidad receptora envíe los informes, documentos y valores requeridos en este Reglamento. Examinar los documentos e información recibida para determinar que ésta cumple con las disposiciones de la Ley y de este Reglamento. De observar algún incumplimiento o posible falla en el uso de los fondos asignados, coordinar con la Oficina de Auditoría Interna la acción a seguir.
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