Regl. 7089, art. 12-12.2
- Funciones del CUJCPR
Cite as Reglamento Núm. 7089, Art. 12-12.2
1.
Para el logro de los objetivos señalados, el CUJCPR establecerá los
programas y servicios de relaciones de personal que estime necesarios,
conforme a sus recursos y necesidades.
2.
Se formulará un Programa de Relaciones de Personal integrando los
diferentes programas y servicios de relaciones de personal tales como
atención de sugerencias, orientación y consejería en relación con el
trabajo, actividades recreativas y culturales, premios y reconocimientos y
atención de planteamientos y quejas.