Regl. 7089, art. 14-14.5
- Notificación al Solicitante
Cite as Reglamento Núm. 7089, Art. 14-14.5
1.
Se notificará por escrito al empleado la acción tomada en el caso de su
solicitud de reingreso. En los casos de empleados cesanteados se les
informará por escrito sobre el reingreso efectuado.
2.
AI rechazar una solicitud de reingreso, la Autoridad Nominadora informará
al empleado, en su notificación, la causa O causas en que se fundamenta
la acción y el empleado podrá solicitar reconsideración de esta decisión
dentro del término de diez (10) dÃas a partir de la fecha de la notificación.
Si la decisión es confirmada, el empleado podrá apelar ante la Comisión
Apelativa de Administración de Recursos Humanos del Servicio Público
dentro del término de treinta (30) dÃas a partir de la notificación de la
decisión.