Regl. 2865, art. 2-III

Licencias

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Cite as Reglamento Núm. 2865, Art. 2-III

"3. Una nueva solicitud de licencia debera hacerse nor lo menos con treinta (30) dias de antelación a La fecha de vencimiento. "D. Como condición para la expedición de estas Picencias el importador, almacenista, representante 0 agente del exportador, o mayorista deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1. Poseer un local con facilidades adecuadas para manipular " mantener congelado el producto; 2. Mostrar evidencia sehaciente de la tenencia o posesion del local. 3. Si es una corporación, someter copic del certificato de incorporación expedido nor el Departamento de Estado de Puerto Rico 0 is estado de Los Estados Unidos donde este incorporala, 4 4. Tener al dia el page de patentes municipales, certificados 0 licencias del Departamento de salud y someter copia de las mismos; 5. Someter copia de los certificados de salud de aquellos empleatos que manipulan directamente la carne de aves, ast como conia del ceauro Social Patronal de la Lirma; 6. Tener al día los pagos de multas administrativas; 7. Febera someter al Departamento un certificato de antecedentes penales de la Policia de Puerto Rico. Disponiendose, que en el caso de extranjeros con menos de un (1) año de residencia en Puerto Rico, el solicitante deberá someter un certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades gubernamentales del país de su orinen. 8. Deberá someter un estado de situación sinanciera de su negocio, certificato por un Contador Pábico Autorizado. 9. Debera someter un certibicato del Denartamento de Hacienta de Puerto Pico como oue esta libre de deudas con el Gobierno del Fstado Lihre Asociado de Puerto Rico, tales como contribuciones sobre ingresos, contribuciones sobre la propiedad 4 cualquier otra contribución requerida por dicho Departamento; Disponiendose, que el secretario podrá aceptar recibos 0 certificaciones del año inmediatamente anterior a la radicación de la solicitud, asi como evidencia de plan de pago emitida por el Departamento to Hacienta sobre cualquier deuda contributiva. "F. Se. requereran sacilidates senaradas en "as casos de solicitudes de licencias rechas nor personas que sean socios 0 que ocupen cualquier cargo en una firma que bosea licencia 0 que haya redicado una solicitud de licencia bajo este Regiamento. "F. Asimismo, previa notificación a la persona interesata brindandore la ovortunidad de ser olda, 08 Secretario 5 podrá suspender, denegar 0 cancelar cualquier licencia por cualquiera de las siguientes razones: 1. Falta He pago, dentro de los treinta (30) dids siguientes a la fecha de immosición, de cualouier multa administrativa impuesta por violación a cualquier disposición de este Realamento; 2. Mercadear cualquier lote de carne de aves sin someterlo a la inspección requerida; 3. Disponer sin 2a autorización escrita del Secretario de un lote de carne de aves contra el cual se haya expedido una Orden de Detención; 4. No reunir los requisitos exigidos en el Inciso D precedente".
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