Regl. 7089, art. 9-9.3 dup2
- Ejecución de los Planes de
Cite as Reglamento Núm. 7089, Art. 9-9.3 dup2
Adiestramiento
1. Responsabilidad del CUJCPR
Se asignará a la Oficina de Recursos Humanos la función de coordinar
los adiestramientos del personal. Dicha oficina deberá planificar,
desarrollar y evaluar las actividades contenidas en el Plan de
Adiestramiento.
El CUJCPR desarrollará su propio programa de actividades de
adiestramiento para satisfacer sus necesidades particulares asà como un
programa de pago de matrÃcula, concesión de licencias con sueldo para
estudios, adiestramientos de corta duración y otros medios como
pasantÃas e intercambio de personal. Esto hace necesario la asignación
de fondos para su operación.
2. Establecimiento de Criterios
La Oficina de Recursos Humanos establecerá los criterios para la
selección de las personas a ser adiestradas, los instructores, contenido
de los cursos 0 actividades de adiestramiento y los instrumentos de
evaluación de éstos, para aquellas actividades destinadas a satisfacer
necesidades inherentes a su función particular. Para ello podrá solicitar
ayuda técnica y asesoramiento a la División para el Desarrollo de Capital
Humano en el Servicio Público, 0 contratar con el mismo los servicios de
los profesionales asà como el uso de facilidades, equipo y materiales de
adiestramiento, conforme a las normas y procedimientos que para estos
fines establezca el (la) Rectora(a).