Regl. 7089, art. 9-9.3 dup2

- Ejecución de los Planes de

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Cite as Reglamento Núm. 7089, Art. 9-9.3 dup2

Adiestramiento 1. Responsabilidad del CUJCPR Se asignará a la Oficina de Recursos Humanos la función de coordinar los adiestramientos del personal. Dicha oficina deberá planificar, desarrollar y evaluar las actividades contenidas en el Plan de Adiestramiento. El CUJCPR desarrollará su propio programa de actividades de adiestramiento para satisfacer sus necesidades particulares así como un programa de pago de matrícula, concesión de licencias con sueldo para estudios, adiestramientos de corta duración y otros medios como pasantías e intercambio de personal. Esto hace necesario la asignación de fondos para su operación. 2. Establecimiento de Criterios La Oficina de Recursos Humanos establecerá los criterios para la selección de las personas a ser adiestradas, los instructores, contenido de los cursos 0 actividades de adiestramiento y los instrumentos de evaluación de éstos, para aquellas actividades destinadas a satisfacer necesidades inherentes a su función particular. Para ello podrá solicitar ayuda técnica y asesoramiento a la División para el Desarrollo de Capital Humano en el Servicio Público, 0 contratar con el mismo los servicios de los profesionales así como el uso de facilidades, equipo y materiales de adiestramiento, conforme a las normas y procedimientos que para estos fines establezca el (la) Rectora(a).
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