Regl. 7096, art. XI
Derogación y-Enmiendas
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Cite as Reglamento Núm. 7096, Art. XI
ArtÃculo XI - Derogación: Enmiendas;
Interpretación
A
A
[Nuevo inciso E.]
E. Corresponderá al Presidente de la
Universidad de Puerto Rico interpretar las
disposiciones de este Reglamento y decidir
cualquier controversia en relación con sus
disposiciones o con situaciones no previstas
en el mismo.