Regl. 7098, art. 14-14.3
Notificación al Solicitante
Cite as Reglamento Núm. 7098, Art. 14-14.3
1. Se notificará por escrito al empleado(a) la acción tomada en el caso de su solicitud
de reingreso. En los casos de empleados cesanteados se les informará por escrito
sobre el reingreso efectuado.
2. AI rechazar una solicitud de reingreso, la Junta informará al empleado(a) la causa o
causas en que se fundamenta la acción y el empleado podrá solicitar
reconsideración de esta decisión dentro del término de diez (10) dÃas a partir de la
fecha de la notificación. Si la decisión es confirmada, el empleado podrá apelar
ante la Comisión Apelativa dentro del término de treinta (30) dÃas a partir de la
notificación de la decisión.