Regl. 7098, art. 14-14.5

PerĂ­odo Probatorio en Casos de Reingreso

Last amended: 2006Length: 51 wordsOfficial source

Cite as Reglamento NĂºm. 7098, Art. 14-14.5

Las personas que reingresen a la Junta estarĂ¡n sujetas al perĂ­odo probatorio correspondiente. Sin embargo, el Presidente podrĂ¡ asignar status regular a tales empleados cuando como consecuencia del reingreso sean nombrados en un puesto dentro del tĂ©rmino de un (1) año a partir de la fecha de la separaciĂ³n del servicio.
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