Regl. 7101, art. 4

Definiciones

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Cite as Reglamento Núm. 7101, Art. 4

Para propósitos de este reglamento los siguientes términos y frases tendrán el significado que se indica a continuación: Cantidades Adeudadas Identificación de la suma total de dinero adeudado por los por concepto de multas y recargos otorgados al amparo de la Ley 22. CESCO Centro de Servicios al Conductor de DISCO Colecturías Todos los centros de cobro del Area de Rentas Internas del Departamento de Hacienda DISCO Directoría de Servicios al Conductor del DTOP DTOP Departamento de Transportación y Obras Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico Hacienda Departamento de Hacienda del Estado Libre Asociado de Puerto Rico Ley 22 Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico Licencias Avisos emitidos por DTOP para la renovación de las licencias de vehículos de motor Mes Para propósitos de este reglamento, el mes constará de 30 días Multas Todas aquellas multas otorgadas al amparo de la Ley de Vehículos y Tránsito, que hayan sido emitidas a partir del 1ro de enero de 2001 hasta la fecha de culminación del plan de incentivos. Los documentos aceptados para certificar las multas serán los boletos sueltos, la relación certificada de multas emitida por DISCO y las notificaciones de renovación de licencias de vehículos de motor. Multa Grayada Todas aquellas multas otorgadas al amparo de la Ley de Vehículos y Tránsito, según enmendada, que hayan sido emitidas a partir del 1ro de enero de 2001 hasta la fecha de culminación del plan de incentivos, y cuya información Reglamento Núm. Página 3 esta actualmente guardada (gravada) a la licencia de conductor 0 licencia de vehiculo de los cuidadazos en el Sistema de Licencias y Vehículos de Motor (conocido como DAVID) del DTOP. Multa No Gravada Todas aquellas multas otorgadas al amparo de la Ley 22, según enmendada, que hayan sido emitidas a partir del 1ro de enero de 2001 hasta la fecha de culminación del plan de incentivos, y cuya información aun no esta disponible en el Sistema de Licencias y Vehículos de Motor (conocido como DAVID) del DTOP. Plan de Incentivos Plan provisto para el pago acelerado de multas por concepto de infracciones a la Ley 22 mediante el cual todo dueño conductor, sin limitación a la categoría de su licencia, que refleje la existencia de una multa, todo dueño de vehículo de motor en cuyo certificado de título 0 permiso se refleje la existencia de una multa o cualquier persona que actúe a nombre de éstos tiene derecho a acogerse a un descuento de cuarenta por ciento (40%) sobre el monto total de las cantidades adeudadas por concepto de multas Recargos Cantidades de dinero a ser impuestas a las multas al amparo de las leyes que enmiendan la Ley 122.
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