Regl. 7103, art. 1.5 dup2
Alcance y Aplicabilidad
Cite as Reglamento Núm. 7103, Art. 1.5 dup2
Este Reglamento aplicará a todos los procedimientos para solicitar y conceder un
incentivo a todos aquellos DUEÑOS DE CRUCEROS que usan el Puerto de San
Juan, y dentro de la autoridad y competencia de la CompañÃa.