Regl. 7103, art. 1.5 dup2

Alcance y Aplicabilidad

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Cite as Reglamento Núm. 7103, Art. 1.5 dup2

Este Reglamento aplicará a todos los procedimientos para solicitar y conceder un incentivo a todos aquellos DUEÑOS DE CRUCEROS que usan el Puerto de San Juan, y dentro de la autoridad y competencia de la Compañía.
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