Regl. 7147, art. I
Propósito
Cite as Reglamento Núm. 7147, Art. I
Esta Carta Normativa se emite con el propósito de que cada entidad
cooperativa adopte una Política Educativa que contribuya al cumplimiento del
principio de educación, capacitación e información requerido por la Ley Número
239 de 1 de septiembre de 2004, conocida como "Ley General de Sociedades
Cooperativas de 2004". Dicha política será de aplicabilidad a los cuerpos
directivos, funcionarios ejecutivos y empleados de las cooperativas, los cuales
deberán tomar anualmente por lo menos ocho (8) horas de educación
continuada en cursos de capacitación cooperativa.
Se establece, además, el requerimiento de tomar por lo menos ocho (8)
horas de cursos de capacitación durante el primer año de su nombramiento
como miembro de la Junta de Directores 0 Comité de Supervisión.