Regl. 7148, art. 10-10.2

Ascensos

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Cite as Reglamento Núm. 7148, Art. 10-10.2

El ascenso es el cambio de un empleado de carrera de un puesto de una clase a un puesto en otra clase con una escala de retribución superior. El plan de clasificación deberá estructurarse de forma tal que permita la movilidad de los empleados hacia puestos superiores, tanto interagencial como intragencialmente, conforme a los conocimientos y experiencia adquiridos. El plan deberá identificar las líneas lógicas de ascensos entre las distintas clases de puestos. La OECH determinará las clases de puestos que se requiere se cubran mediante el ascenso de empleados. Esta determinación se hará a base de la naturaleza delas funciones de las clases de puestos y a las necesidades particulares de la Oficina. Las normas específicas sobre lo establecido estarán contenidas en las normas de reclutamiento que se desarrollen para cada clase de puesto. Se podrán efectuar ascensos de empleados dentro de la OECH y entre ésta y agencias que son Administradores Individuales o Municipios. 50 Cuando la acción de personal ocurra de un Administrador Individual o Municipio a la OECH se establecerá una equivalencia y mediará una certificación de ésta indicativa de que el puesto que pasará a ocupar el empleado corresponde a una clase de puesto con funciones de nivel superior al que ocupa. En todo caso de ascenso se verificará y certificará por la OECH que el candidato seleccionado reúna los requisitos mínimos establecidos para ocupar el puesto. Esta verificación se hará tomando como base la última convocatoria a examen emitida. En ausencia de ésta se utilizará la especificación de la clase. Todo empleado de carrera que sea ascendido deberá aprobar el período probatorio asignado a la clase a la cual ascienda excepto en los casos de ascensos transitorios, ascensos como resultado de reclasificaciones de puestos por virtud de un error en la clasificación original o por evolución del puesto o modificación al plan de clasificación. De no aprobarlo, el empleado será reinstalado al puesto que ocupaba antes de ser ascendido o a uno en la misma clase o clase similar.
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