Regl. 7148, art. 10-10.2
Ascensos
Cite as Reglamento Núm. 7148, Art. 10-10.2
El ascenso es el cambio de un empleado de carrera de un puesto de una clase a un puesto en otra
clase con una escala de retribución superior.
El plan de clasificación deberá estructurarse de forma tal que permita la movilidad de los
empleados hacia puestos superiores, tanto interagencial como intragencialmente, conforme a los
conocimientos y experiencia adquiridos. El plan deberá identificar las líneas lógicas de ascensos
entre las distintas clases de puestos.
La OECH determinará las clases de puestos que se requiere se cubran mediante el ascenso de
empleados. Esta determinación se hará a base de la naturaleza delas funciones de las clases de
puestos y a las necesidades particulares de la Oficina. Las normas específicas sobre lo
establecido estarán contenidas en las normas de reclutamiento que se desarrollen para cada
clase de puesto.
Se podrán efectuar ascensos de empleados dentro de la OECH y entre ésta y agencias que son
Administradores Individuales o Municipios.
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Cuando la acción de personal ocurra de un Administrador Individual o Municipio a la OECH se
establecerá una equivalencia y mediará una certificación de ésta indicativa de que el puesto que
pasará a ocupar el empleado corresponde a una clase de puesto con funciones de nivel superior al
que ocupa.
En todo caso de ascenso se verificará y certificará por la OECH que el candidato seleccionado
reúna los requisitos mínimos establecidos para ocupar el puesto. Esta verificación se hará
tomando como base la última convocatoria a examen emitida. En ausencia de ésta se utilizará la
especificación de la clase.
Todo empleado de carrera que sea ascendido deberá aprobar el período probatorio asignado a la
clase a la cual ascienda excepto en los casos de ascensos transitorios, ascensos como resultado de
reclasificaciones de puestos por virtud de un error en la clasificación original o por evolución del
puesto o modificación al plan de clasificación. De no aprobarlo, el empleado será reinstalado al
puesto que ocupaba antes de ser ascendido o a uno en la misma clase o clase similar.