Regl. 7148, art. 11-11.2
Planes de Adiestramiento, Capacitación y Desarrollo
Cite as Reglamento Núm. 7148, Art. 11-11.2
Inventario de Necesidades
1. Por año fiscal se realizará un estudio de necesidades de adiestramiento. A base de los
resultados de dicho estudio, el Área de Recursos Humanos preparará un Plan de Adiestramiento
del personal que propenda al logro de los objetivos señalados.
2. El mencionado Plan incluirá los siguientes:
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a) Licencias con o sin sueldo para estudios
b) Adiestramientos de corta duración
c) Cursos especiales
d) Pago de matrícula
e) Becas
f) Otros que el Director Ejecutivo considere apropiados adoptar para llenar necesidades
específicas del servicio
El Plan de Adiestramiento contendrá las prioridades, los recursos a utilizarse y las fechas
estimadas para cada actividad. El Plan será administrado por el Oficial de Recursos Humanos.
La OECH mantendrá un historial por cada empleado de los adiestramientos recibidos, de modo
que puedan utilizarse para tomar decisiones relativas a ascensos, traslados, asignaciones de
trabajo, evaluaciones y otras acciones de personal compatibles con el principio de mérito.