Regl. 7148, art. 11-11.8
Historiales de Adiestramientos e Informes
Cite as Reglamento Núm. 7148, Art. 11-11.8
El (la) Director (a) Ejecutivo (a) mantendrá en el expediente de cada uno de sus empleados un
historial de los adiestramientos en que éstos participen, el cual podrá ser utilizado como una de las
fuentes de referencia para la toma de decisiones relativas a ascensos, traslados, asignaciones de
trabajo, evaluaciones y otras acciones de personal. El historial de adiestramiento del empleado
podrá incluir evidencia de participación, por iniciativa propia, en cualquier actividad educativa
reconocida.
La OECH mantendrá historiales de las actividades de adiestramiento celebradas, evaluaciones de
las mismas y personas participantes, para fines de la evaluación de sus respectivos programas de
adiestramiento y desarrollo.
Para fines de medición de la actividad global de adiestramiento y desarrollo del personal en el
servicio público, la OECH enviará a la ORHELA la información que se solicite sobre el
volumen y clases de adiestramientos ofrecidos, los gastos incurridos en adiestramientos y el
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número de participantes y otros aspectos de las actividades de adiestramiento y desarrollo de
los recursos humanos.