Regl. 7148, art. 12-12.11
Separación por Abandono de Servicio
Cite as Reglamento Núm. 7148, Art. 12-12.11
Todo empleado que permanezca ausente de su trabajo durante cinco (5) días laborables
consecutivos sin autorización de su supervisor, incurrirá en abandono del servicio lo cual será
causa justificada para su destitución.