Regl. 7148, art. 12-12.9

Separación Durante el Período Probatorio

Last amended: 2006Length: 109 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7148, Art. 12-12.9

Se podrá separar de su puesto a un empleado de carrera durante el período probatorio, cuando se determine que su progreso y adaptabilidad a las normas vigentes no han sido satisfactorios, luego de haber sido orientado y adiestrado. Si la separación fuese por su ejecución y no por hábitos y actitudes y antes de ese nombramiento hubiere servido satisfactoriamente como empleado regular en otro puesto, tendrá derecho a que se le reinstale en un puesto igual o similar al que ocupó con status regular. Si la separación fuese por hábitos o actitudes del empleado, se podrá proceder a su separación mediante el procedimiento de destitución establecido en este Reglamento.
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