Regl. 7148, art. 13-13.1

Norma General

Last amended: 2006Length: 119 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7148, Art. 13-13.1

Los beneficios marginales representan un ingreso adicional para el empleado, seguridad y mejores condiciones de empleo. La administración justa y eficaz del programa de beneficios marginales, propende a establecer un clima de buenas relaciones y satisfacción en el empleado, que contribuye a su mayor productividad y eficiencia. La OECH es responsable de asegurar que el disfrute de 84 los beneficios marginales se lleve a cabo conforme a un plan que mantenga el adecuado balance entre las necesidades del servicio, las del empleado y la utilización óptima de los recursos disponibles. Constituye responsabilidad del Oficial de Recursos Humanos el mantener a los empleados debidamente informados y orientados sobre los beneficios marginales y los términos y condiciones que rigen su disfrute.
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