Regl. 7148, art. 17
EXPEDIENTES DE EMPLEADOS
Cite as Reglamento Núm. 7148, Art. 17
Los expedientes de los empleados deberán reflejar el historial completo de éstos desde la
fecha de su ingreso original al servicio público hasta el momento de su separación definitiva. La
OECH será responsable de la conservación, custodia y mantenimiento de los expedientes de los
empleados, según se dispone más adelante y en armonía con la Ley Núm. 5 de 8 de diciembre de
1955, según enmendada, que creó el Programa de Conservación y Disposición de Documentos
Públicos y el Reglamento para la Administración del Programa de Conservación y Disposición de
Documentos Públicos en la Rama Ejecutiva.