Regl. 7148, art. 17-17.5
Otros documentos relativos a la administración de recursos humanos
Cite as Reglamento Núm. 7148, Art. 17-17.5
Se conservarán de acuerdo con las siguientes disposiciones
a) Los documentos referentes a la clasificación de los puestos se conservarán mientras exista el
puesto, independientemente de su evolución. Luego de que se elimine el puesto, se mantendrán
inactivos por un año y se procederá a su disposición de acuerdo con el Reglamento para la
Administración del Programa de Conservación y Disposición de Documentos Públicos de la
Rama Ejecutiva.
b) Las certificaciones de elegibles se mantendrán activas por un año a partir de la fecha de
expedición. Luego se conservarán inactivas por otro año y se dispondrá de ellas de acuerdo con
el Reglamento para la Conservación y Disposición de Documentos Públicos en la Rama
Ejecutiva.
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c) Los registros de elegibles se conservarán inactivos por un año a partir de la fecha de
cancelación o vencimiento y se dispondrá de ellos de acuerdo con las disposiciones del
Reglamento para la Conservación y Disposición de Documentos Públicos en la Rama Ejecutiva.
d) Las solicitudes de examen de personas que resulten inelegibles en los exámenes se
conservarán por seis (6) meses. Las solicitudes de examen de las personas que resulten elegibles
se conservarán por el tiempo que dure la vigencia del registro. Se dispondrá de ambas de
conformidad a las disposiciones del Reglamento para la Conservación y Disposición de
Documentos Públicos en la Rama Ejecutiva.