Regl. 7148, art. 4
APLICABILIDAD
Cite as Reglamento Núm. 7148, Art. 4
Este Reglamento será de aplicabilidad a los empleados en el servicio de carrera de la OECH. No
será de aplicabilidad al personal irregular que se emplee conforme a las disposiciones de la Ley
Núm. 110 de 26 de junio de 1958, enmendada, ni al servicio de confianza, excepto lo relativo al
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derecho de reinstalación y al personal transitorio, y cuando expresamente así se dispone. Tampoco
será de aplicabilidad a las personas que presten servicios mediante contrato.