Regl. 7148, art. 7-7.10
Status de los Empleados en Puestos Reclasificados
Cite as Reglamento Núm. 7148, Art. 7-7.10
Por Revisión en la Clasificación Original
Si la reclasificación procediera por virtud de un error en la clasificación original y el cambio
representara un ascenso, se podrá trasladar al empleado a un puesto, si lo hubiere vacante, de la
clase que corresponda al nombramiento del empleado, sin que el traslado resulte oneroso para
éste; o si reúne los requisitos se podrá confirmar al empleado en el puesto reclasificado, sin
ulterior certificación de elegibles y sin necesidad de aprobar un periodo probatorio. Si el
cambio representara un descenso, se podrá, con el consentimiento escrito del empleado,
confirmar a éste en el puesto sin que ello afecte el derecho de apelación que tuviere el
empleado, si quisiera ejercitarlo; o se podrá trasladar al empleado a un puesto vacante que
hubiere de la clase correspondiente al nombramiento del empleado o dejar en suspenso la
reclasificación hasta tanto se logre reubicar al empleado. En cualquier caso, el empleado
tendrá el mismo status que antes de la reclasificación de su puesto.
Por Cambio Sustancial en Deberes, Responsabilidad o Autoridad
Si la reclasificación procediera por cambio sustancial en deberes, autoridad y responsabilidad,
y el cambio resultara en un puesto de superior jerarquía, se podrá ascender al empleado si
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reúne los requisitos mínimos y si su nombre estuviera en turno de certificación en el registro de
elegibles correspondiente. También se podrá autorizar el ascenso sin oposición del empleado
conforme a las normas establecidas en este Reglamento para este tipo de ascenso, o si no
hubiere registro de elegibles se podrá celebrar examen para cubrir el puesto reclasificado. En
todo caso el incumbente estará sujeto al período probatorio. Si el incumbente del puesto al
momento de la reclasificación no pudiera ocupar el puesto reclasificado, la OECH lo reubicará
en un puesto de clasificación igual al de su nombramiento o en un puesto similar, para el cual
el empleado reúna los requisitos mínimos o dejará en suspenso la reclasificación hasta tanto se
logre reubicar al empleado.
Por Evolución del Puesto 0 Por Modificación al Plan de Clasificación
Si la reclasificación procediera por evolución del puesto o por modificación al Plan de
Clasificación, el incumbente permanecerá ocupando el puesto reclasificado con el mismo
status que tenía antes del cambio.