Regl. 7148, art. 9-9.2

Aviso Público de las Oportunidades de Empleo

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Cite as Reglamento Núm. 7148, Art. 9-9.2

Se divulgarán las oportunidades de empleo por los medios de comunicación más apropiados en cada caso, a los fines de atraer y retener en el servicio a las personas más capacitadas, mediante libare competencia. Se considerarán medios adecuados, entre otros, los siguientes: la radio, la televisión, la prensa diaria, publicaciones y revistas profesionales, comunicaciones con 26 organizaciones profesionales, laborales y educativas, comunicaciones interagenciales, página de la Internet de la OECH, tablones de edictos y otros medios que razonablemente puedan llegar a las personas interesadas. Como mínimo se hará la divulgación en la página de Internet de la Oficina y en comunicaciones interagenciales. Al determinar la frecuencia de estos anuncios, se tomará en cuenta que los mismos resulten efectivos para los fines de reclutamiento, que resulten económicos y que faciliten a las personas interesadas la radicación y consideración de su solicitud. La OECH podrá coordinar con otras agencias la emisión de anuncios para clases de puestos generales y comunes. Los avisos de oportunidad de empleo contendrán la siguiente información: título de la clase del puesto, naturaleza del trabajo, deberes esenciales del puesto, requisitos mínimos, sueldo mínimo, tipo de examen, duración del periodo probatorio, término para radicar solicitudes y cualquier otra información indispensable, como la relativa al cumplimiento de la Ley ADA y otra legislación que así lo requiera.
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