Regl. 7148, art. 9-9.2
Aviso Público de las Oportunidades de Empleo
Cite as Reglamento Núm. 7148, Art. 9-9.2
Se divulgarán las oportunidades de empleo por los medios de comunicación más apropiados en
cada caso, a los fines de atraer y retener en el servicio a las personas más capacitadas, mediante
libare competencia. Se considerarán medios adecuados, entre otros, los siguientes: la radio, la
televisión, la prensa diaria, publicaciones y revistas profesionales, comunicaciones con
26
organizaciones profesionales, laborales y educativas, comunicaciones interagenciales, página
de la Internet de la OECH, tablones de edictos y otros medios que razonablemente puedan
llegar a las personas interesadas. Como mínimo se hará la divulgación en la página de Internet
de la Oficina y en comunicaciones interagenciales.
Al determinar la frecuencia de estos anuncios, se tomará en cuenta que los mismos resulten
efectivos para los fines de reclutamiento, que resulten económicos y que faciliten a las
personas interesadas la radicación y consideración de su solicitud. La OECH podrá coordinar
con otras agencias la emisión de anuncios para clases de puestos generales y comunes.
Los avisos de oportunidad de empleo contendrán la siguiente información: título de la clase
del puesto, naturaleza del trabajo, deberes esenciales del puesto, requisitos mínimos, sueldo
mínimo, tipo de examen, duración del periodo probatorio, término para radicar solicitudes y
cualquier otra información indispensable, como la relativa al cumplimiento de la Ley ADA y
otra legislación que así lo requiera.