Regl. 7158, art. 5

DEFINICIONES

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Cite as Reglamento Núm. 7158, Art. 5

Los siguientes términos usados en este Reglamento tendrán el significado que a continuación se expresa: A. Anuncio - Cualquier manifestación oral, escrita, gráfica, pictórica, electrónica o de cualquier otra forma presentada, hecha con el propósito de ofrecer, describir o de cualquier otra forma representar un producto o algún aspecto de éste. B. Cines y salas de teatro - Significa e incluye los establecimientos donde acude el público en general mediante paga o gratuitamente, a presenciar obras teatrales, películas cinematográficas, conferencias, conciertos 0 cualquier tipo de espectáculo 0 actividad que se presenta en un escenario o en una pantalla. C. Departamento - Departamento de Asuntos del Consumidor. D. Distancia menor de quinientos (500) pies de una escuela Se tomará del punto más cercano del lindero exterior del predio efectivamente ocupado por la escuela hasta el sitio dónde está colocado el anuncio, letrero o aviso comercial, a tenor con lo establecido en el Artículo 2 (a) de la Ley Núm. 446 de 23 de septiembre de 2004. 3 E. Escuela Será cualquier plantel institucional de enseñanza, público o privado; elemental, intermedia, superior 0 especializada. F. Escuela especializada Cualquier institución dedicada a la enseñanza 0 práctica de deportes, distintas formas de las bellas artes, tutorías, idiomas, modelaje y refinamiento, y cualquier otra relacionado. Incluye las escuelas vocacionales. G. Letrero - Conjunto de palabras escritas para avisar 0 publicar alguna cosa, ya bien sobre las paredes exteriores de un edificio, sobre él o colocados sobre el nivel de un terreno, que tiene como propósito emitir un mensaje comercial para personas que lo puedan observar desde una vía pública o a una distancia. H. Mayor - Significará toda persona de dieciocho (18) años de edad o más. I. Menor - Significará toda persona menor de dieciocho (18) años de edad. J. Muestras Oferta gratuita del producto para darlo a conocer y promocionar. K. Muestreo Significará ofrecer o distribuir productos sin costo alguno para el que los recibe, para propósitos de publicidad comercial. 4 L. Parques Pasivos Todas las playas y plazas de recreo que pertenecen o están bajo el control u administración del gobierno estatal 0 municipal, sus instrumentalidades, corporaciones, agencias y dependencias. M. Parques Públicos Todos los coliseos, parques de pelota, gimnasios, canchas de baloncesto y parques pasivos que pertenecen o están bajo el control u administración del gobierno estatal, gobiernos municipales, sus instrumentalidades, corporaciones, agencias y dependencias, según dispuesto en el Artículo 2(b) de la Ley Núm. 446 de 23 de septiembre de 2004. N. Persona Incluye personas naturales o jurídicas. O. Producto Todo producto elaborado con y/o que contenga "Ma huang", el guaraná o kola, el picolinato de cromio y/o la cáscara sagrada, cuyos ingredientes contribuyen a perder peso, a despertar el apetito sexual 0 a desarrollar músculos. P. Promoción comercial - Acción publicitaria que tiene el efecto de iniciar, adelantar 0 procurar la compra de un producto. Q. Publicidad comercial Será el acto de divulgar noticias o anuncios comerciales para atraer a posibles compradores. R. Secretario - Secretario del Departamento. 5
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