Regl. 7160, art. 13 dup2
Reglamento para la Industria de Gas Licuado de Petróleo, Gas Natural y otros productos peligrosos conducidos por tuberÃas. Vigencia 6 de julio de 2006
Cite as Reglamento Núm. 7160, Art. 13 dup2
Términos, palabras y frases
Los vocablos y frases definidos en este Reglamento tendrán
el significado establecido en el mismo siempre que se empleen
dentro de su contexto. Cuando asà lo justifique su uso en este
Reglamento, se entenderá que toda palabra usada en singular
también incluye el plural y viceversa y el masculino incluye el
femenino y viceversa.
111