Regl. 7160, art. 5

Términos

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Cite as Reglamento Núm. 7160, Art. 5

Los términos usados en el presente Reglamento tendrán el significado que a continuación se expresa: 1. API "American Petroleum Institute" ASME "American Society of Mechanical Engineers" ASTM "American Society of Testing Material 2. Accidente - acontecimiento fortuito, suceso eventual 0 hecho involuntario que causa un daño, ya sea a persona 0 a cosa. 3. Autorización o Franquicia permiso 0 derecho concedido por la Comisión a una empresa para prestar un servicio público, según lo define la Ley Núm. 109 del 28 de junio de 1962, según enmendada. 4. CFR- Code of Federal Regulations 5. Camión Tanque 0 "Bobtail" camión integral en el cual el vehículo de motor y el tanque para transporte de gas licuado forman una sola unidad. 6. Certificado de Licencia y Autorización documento expedido por la Comisión que acredita el cumplimiento con los requisitos exigibles a éstas empresas y expresa el término de vigencia y el área operacional. 7. Cilindro recipiente portátil construido siguiendo las especificaciones del DOT o, en algunos casos, construido en concordancia con el código ASME para un tamaño o servicio similar. 8. Cilindro "Bolo" aquellos desprovistos de aros 0 dispositivos de sustentación por desprendimiento, deterioro, abuso mecánico, error u omisión en la construcción, reconstrucción o separación. 3 9. Código ASME "Regla para la construcción de Calderas y recipientes a Presión sin Fuego", sección VIII, División 1. 10. Comisión significa la Comisión de Servicio Público de Puerto Rico. 11. Compañía de Servicio Público incluye todas las empresas establecidas en el Artículo 2, inciso C de la Ley 109, supra. 12. Conector Flexible componente corto, entre tres (3') y seis (6') pies de largo de un sistema de tubería, equipado con conexiones adecuadas en ambos extremos y fabricado de material flexible. Dicho material puede ser goma o metal aprobado para gas licuado de petróleo de acuerdo a lo dispuesto en el NFPA 54 y 58. 13. DOT United States Department of Transportation 14. Densidad de Llenado medida equivalente a la razón proporcional entre el peso de gas en un recipiente y el peso del agua que puede contener el recipiente a una temperatura de sesenta (60) grados Fahrenheit. 15. Distribuidor a Domicilio empresa que se abastece de gas licuado de petróleo en una planta embotelladora en cilindros de no más de cien (100) libras (45 kg.) de capacidad, que luego los distribuye e instala a consumidores generalmente residenciales y/o comerciales. 16. Distribuidor a Granel empresa de gas que transporta y entrega gas licuado de petróleo en los predios de un consumidor industrial, comercial 0 institucional mediante el uso de un camión tanque "bobtail" y la transferencia a instalaciones permanente. 17. Edificio incluye cualquier estructura, armazón 0 alojamiento público o privado. 18. Embotellamiento de Gas Licuado de Petróleo la acción de llenar cilindros de gas en una planta para ser entregados en 4 ésta a un distribuidor a domicilio 0 al público en general para su propia instalación. Cuando fuere al público en general, será en cilindros cuyo contenido máximo no sobrepase de veinte (20) libras. 19. Empresa de Gas incluye toda persona que fuere dueña, controlare, explotare o administrare como compañía de servicio público cualquier planta 0 negocio en Puerto Rico de importación, producción, generación, transmisión, entrega, suministro o distribución de gas natural, elaborado, derivado o cualquier líquido susceptible de convertirse en gas y distribuido por tubería, cilindro 0 cualquier tipo de envase, para fines residenciales, comerciales e industriales. Entiéndase como empresas de "importación" y "producción" de gas, entre otras, aquellas refinerías, compañías importadoras, compañías distribuidoras mayoristas y/o terminales marítimos dedicados a la importación, producción elaboración, tráfico, almacenaje, distribución 0 venta de gas licuado de petróleo, 0 cualquier mezcla de hidrocarburos, conocida como gas de refinería independientemente de que éstas vendan o sirvan su producto a un número limitado de personas y mayoristas. 20. Empresa de Conducción por Tubería incluye toda persona que fuere dueña, controlare, explotare 0 administrare como compañía de servicio público, cualquier tubería en Puerto Rico que se utilice en relación con, 0 para facilitar la transmisión, almacenaje, distribución O entrega de cualquier producto mediante ésta. 21. Empresa de Envase, de Venta, Reparación y Reconstrucción de Cilindros para Gas Licuado de Petróleo incluye toda persona que como principal 0 agente controlare, explotare o administrare cualquier negocio en Puerto Rico que se dedique a prestar el servicio de proveer, suministrar, distribuir, vender y ofrecer en venta, fabricar, 5 reparar 0 reconstruir cilindros para el envase de gas licuado de petróleo. Se entenderá para efectos de esta parte que el envase 0 cilindro incluye el cilindro y todos los accesorios o equipos necesarios para su funcionamiento. 22. Enmiendas a la Autorización- Cualquier propuesta de variante, adición, reemplazo, modificación 0 alteración de los términos y condiciones y/o circunstancias en que se otorgó la autorización que ostente válidamente el peticionario. 23. Envase de Gas Licuado de Petróleo comprende todo recipiente usado para el transporte y almacenaje de gas licuado de petróleo, tales como: tanques, cilindros y otros. 24. Gas Licuado de Petróleo se refiere a los siguientes hidrocarburos 0 mezcla de los mismos: propano, propileno, butano, isobutano y butilenos (GLP). 25. HZM - "Hazardous Materials" 26. ICC "United States Interstate Commerce Commission" 27. Importadora de Gas Licuado de Petróleo toda persona que fuese dueña, controlare, explotare 0 administrare un terminal marítimo de gas licuado de petróleo recibiendo dicho gas de fuentes externas a Puerto Rico 0 que reciban gas licuado de petróleo a través de las instalaciones de otras empresas 0 de cualquier otra forma. 28. Instalación Comercial toda facilidad que se utilice con fin comercial 0 público, con capacidad de cien libras (100 lbs.) en adelante. Este incluirá las instalaciones que se hacen para proveer gas a hospitales, hoteles, escuelas, paradores, centros comerciales, fábricas, colegios, universidades 0 instituciones con 0 sin fines de lucro, entre otros. 29. Incidente es un acontecimiento no deseado que bajo circunstancias no definidas pudo haber ocasionado un daño 6 físico, lesión, enfermedad 0 un daño a la propiedad. Estos acontecimientos son frecuentemente llamados cuasi accidentes. 30. Lienadores o Ramal de Carga se refiere al equipo preparado para la entrega de gas licuado de petróleo 0 gas natural a camiones tanques 0 arrastres. 31. Mayorista de Gas Licuado de Petróleo empresa de gas que se suple de gas licuado de petróleo de empresa productoras e importadoras a granel. 32. NEC "National Electrical Code" 33. NFPA "National Fire Protection Association" 34. Planta Embotelladora empresa de gas que en facilidades estacionarias recibe y envasa gas licuado de petróleo. 35. Productora de Gas Licuado de Petróleo empresa de gas que es dueña, controla, explota 0 administra una operación de producción o generación de gas licuado de petróleo. 36. Recipiente Monticulado recipiente instalado parcialmente soterrado 0 descansando sobre el nivel del terreno, excepto por su registro de inspección totalmente encerrado en una pequeña montaña levantada en tierra, arena u otro material no corrosivo. 37. Recipiente Soterrado Recipiente instalado bajo el nivel del terreno, el cual excepto por su registro de inspección, está totalmente encerrado en tierra 0 arena. 38. Sistema Jurisdiccional todo sistema que reúna los requisitos establecidos en el 49 CFR Parte 191, 192, 193 y 195. 39. Recipiente incluye todo recipiente portátil 0 estacionario usado para depositar gas licuado de petróleo, con una capacidad en agua de más de mil (1,000) libras, peso comercial, mayor de ciento veinte (120) galones, capacidad agua. 7 40. Recipiente Auxiliar recipiente con capacidad en exceso de mil (1,000) libras de capacidad agua utilizada para transportarse con gas licuado de petróleo, lleno hasta su capacidad máxima permisible. Tales recipientes estarán montados en deslizadores y estarán provistos de protección tal que sus accesorios no sufrirán daño al transportarse al recipiente lleno de gas licuado de petróleo. Se les conocen también como "tanques con patines". 41. Terminal Marítimo de gas licuado de petróleo Instalación 0 facilidad dedicada al recibo 0 embarque de gas licuado de petróleo por vía marítima. Incluye los tanques, accesorios, tubería y en general, todo el equipo requerido para el desembarque, transferencia, almacenaje y embarque de gas licuado de petróleo. La transferencia podrá ser por vía terrestre 0 marítima. 42. Transferencia de Gas Licuado de Petróleo término que describe el traslado en general de un volumen de gas licuado de petróleo en estado líquido 0 vapor de un lugar a otro. 43. UBC "Uniform Building Code" utilizado en laboratorio de Pruebas de la Asociación de Aseguradores. 44. UL "Underwriters Laboratories, Inc."
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