Regl. 7183, art. 12-12.2 dup2

Funciones de la Oficina de la Procuradora del Paciente

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Cite as Reglamento Núm. 7183, Art. 12-12.2 dup2

Para el logro de los objetivos señalados, la Oficina establecerá los programas y servicios de relaciones de personal que estime necesarios, conforme a sus recursos y necesidades. Se integrarán los diferentes programas y servicios de relaciones de personal tales como atención de sugerencias, orientación y consejería en relación con el trabajo, actividades recreativas y culturales, premios y reconocimientos y atención de planteamientos y quejas.
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