Regl. 7183, art. 12-12.2 dup2
Funciones de la Oficina de la Procuradora del Paciente
Cite as Reglamento Núm. 7183, Art. 12-12.2 dup2
Para el logro de los objetivos señalados, la Oficina establecerá los programas y servicios de relaciones de
personal que estime necesarios, conforme a sus recursos y necesidades.
Se integrarán los diferentes programas y servicios de relaciones de personal tales como atención de
sugerencias, orientación y consejerÃa en relación con el trabajo, actividades recreativas y culturales,
premios y reconocimientos y atención de planteamientos y quejas.