Regl. 7183, art. 14-14.7 dup2
PerĂodo Probatorio en Casos de Reingreso
Cite as Reglamento NĂºm. 7183, Art. 14-14.7 dup2
Las personas que reingresen a la Oficina estarĂ¡n sujetas al perĂodo probatorio correspondiente. Sin embargo,
la Procuradora podrĂ¡ asignar status regular a tales empleados cuando como consecuencia del reingreso sean
nombrados en un puesto dentro del tĂ©rmino de un (1) año a partir de la fecha de la separaciĂ³n del servicio.