Regl. 7183, art. 5-5.3 dup2
Agrupación de los Puestos en Clases de Puestos, TÃtulos Funcionales
Cite as Reglamento Núm. 7183, Art. 5-5.3 dup2
1. Agrupación de los puestos en clases de puestos y series de clases.
Se agruparán en clases todos los puestos en el servicio de carrera que sean igual 0 sustancialmente
similares en cuanto a la naturaleza de sus deberes, campo de trabajo y complejidad y autoridad
asignados a los mismos y de elementos inherentes a los puestos que se describan en los formularios
Descripción de Puesto, asà como otra información que amplÃe la misma.
Cada clase de puesto será designada con un tÃtulo corto que sea descriptivo de la naturaleza y el
nivel de complejidad y responsabilidad del trabajo requerido. Dicho tÃtulo se utilizará en el trámite de
toda transacción 0 acción de personal, presupuesto y finanzas, asà como en todo asunto oficial en que
esté envuelto el puesto. Este será el tÃtulo oficial del puesto.
2. TÃtulos funcionales
La Procuradora podrá designar cada puesto con un tÃtulo funcional de acuerdo con sus deberes y
responsabilidades o su posición en la organización. Este tÃtulo funcional podrá ser utilizado para
identificación del puesto en los asuntos administrativos de personal que se tramiten a nivel de la
Oficina. Bajo ninguna circunstancia el tÃtulo funcional sustituirá el tÃtulo oficial en el trámite de
asuntos de personal, presupuesto y finanzas.