Regl. 2928, art. 4-4.4
Detención 0 súbita reducción en la velocidad
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Cite as Reglamento Núm. 2928, Art. 4-4.4
Ningún conductor de vehículo de motor detendrá su
vehiculo ni súbitamente reducirá su velocidad, sin
antes hacer una señal convencional, claramente
visible, al trânsito inmediatamente detrás.