Regl. 7183, art. 5-5.6 dup2
Clasificación y Reclasificación de Puestos
Cite as Reglamento Núm. 7183, Art. 5-5.6 dup2
1. Clasificación Creación de Puestos Puestos de Duración Fija
Todos los puestos se asignarán oficialmente a las clases correspondientes. No existirá ningún puesto
sin clasificación. Bajo ninguna circunstancia podrá persona alguna recibir nombramiento en un
puesto que no haya sido clasificado previamente. Los puestos a crearse se asignarán a una de las
clases comprendidas en el Plan de Clasificación, conforme a las normas y criterios que se
establezcan.
La Procuradora, se abstendrá de formalizar contratos de servicios con personas en su carácter
individual cuando las condiciones y características de la relación que se establezca entre patrono y
empleado sean propias de un puesto. En estos casos se procederá a la creación del puesto de
acuerdo a las disposiciones y procedimientos establecidos para la clasificación en este Reglamento.
2. Reclasificación de los Puestos
Se justificará reclasificar todo puesto cuando esté presente cualquiera de las siguientes situaciones:
a. Clasificación Original Errónea
En esta situación no existe cambio significativo en los deberes y responsabilidades del puesto,
pero se obtiene información adicional que permite corregir una apreciación inicial equivocada.
b. Modificación al Plan de Clasificación de Puestos
En esta situación no existen necesariamente cambios significativos en las descripciones de
los puestos, pero en el proceso de mantener al día el plan de clasificación mediante la
consolidación, segregación, alteración, creación y eliminación de clases surge la necesidad de
cambiar la clasificación de algunos puestos.
C. Cambio Sustancial en Deberes, Responsabilidades 0 Autoridad
Es un cambio oficial deliberado, sustancial y permanente en la naturaleza o nivel de
complejidad de los deberes y responsabilidades esenciales del puesto, que lo hace subir o
bajar de jerarquía 0 lo ubica en una clase distinta, 0 se justifica la creación de una clase de
puesto.
d. Evolución del Puesto
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS HUMANAOS OFICINA PROCURADORA DEL PACIENTE
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Es el cambio paulatino, sustancial y permanente, no deliberado que tiene lugar con el transcurso
del tiempo en los deberes, autoridad y responsabilidad del puesto que ocasiona que el puesto
original pase a formar parte de otra clase existente 0 se justifica la creación de una clase de
puesto.