Regl. 7183, art. 6-6.10 dup2
Normas Específicas para el Reclutamiento de Trabajadores No Diestros y Semi Diestros
Cite as Reglamento Núm. 7183, Art. 6-6.10 dup2
1. El procedimiento especial de reclutamiento para puestos de trabajadores no diestros o semidiestros consistirá de un examen de evaluación a los únicos fines de determinar si los candidatos
reúnen los requisitos mínimos establecidos para las clases de puestos en las cuales habrán de ser
nombrados.
2. A tales fines verificarán, de documentos originales, que el candidato reúna todos los requisitos
mínimos exigidos para ocupar el puesto, tales como preparación, experiencia, licencias,
colegiación y otros establecidos en las convocatorias a examen. A falta de éstas se utilizarán las
normas de reclutamiento y de no existir éstas, las especificaciones de clases emitidas por la
Oficina. De existir más de uno de los referidos documentos se utilizará siempre el de fecha más
reciente.
La Oficina certificará la verificación en cada caso en el formulario Certificación de Verificación de
Requisitos.