Regl. 7183, art. 6-6.9 dup2
Procedimientos Especiales de Reclutamiento y Selección
Cite as Reglamento Núm. 7183, Art. 6-6.9 dup2
Cuando resulte impracticable atender las necesidades del servicio con nombramientos hechos con sujeción al
procedimiento ordinario establecido en este Reglamento, la Oficina podrá utilizar procedimientos especiales de
reclutamiento y selección. Este procedimiento se utilizará para reclutar en puestos de trabajadores no diestros
o semidiestros, cuando no se disponga de registros de elegibles apropiados para determinadas clases de
puestos y la urgencia del servicio a prestarse lo justifique y para garantizar la igualdad de oportunidad en el
empleo a participantes de programas de adiestramiento y empleo, a fin de cumplir con las metas de tales
programas.
1. Los procedimientos especiales de reclutamiento y selección se ajustarán a las siguientes normas
generales:
a. En todo caso se deberá asegurar que los nombramientos se hagan en consideración a la
idoneidad y capacidad.
b. De establecerse oficinas regionales o locales, los procedimientos especiales de reclutamiento y
selección podrán ser delegados, manteniendo una supervisión central.
C. Se usarán los medios de comunicación más convenientes para anunciar las oportunidades de
empleo cuando se inicie el proceso de reclutamiento de candidatos. Cuando se trate del
reclutamiento especial para garantizar la igualdad de oportunidad en el empleo a participantes de
programas de adiestramientos y empleo, se considerará como aviso público el edicto O
convocatoria que emitió 0 emita la agencia responsable de administrar el programa para
seleccionar los participantes.
d. La fuente de reclutamiento podrá ser interna 0 externa, incluyendo, cuando sea necesario, el
Servicio de Empleos del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, las instituciones
educativas del país o personas desempleadas en cualquier localidad. Toda esta fuente de
empleo se utilizará conforme a los procedimientos de reclutamiento establecidos por la Ley Núm.
184, supra.
e. El reclutamiento será continuo hasta tanto se satisfaga las necesidades del servicio.
f. Todo candidato deberá reunir los requisitos mínimos establecidos para la clase de puesto.
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS HUMANAOS OFICINA PROCURADORA DEL PACIENTE
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