Regl. 7183, art. 9-9.1

Objetivos

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Cite as Reglamento Núm. 7183, Art. 9-9.1

1. La Oficina persigue alcanzar como metas los más altos niveles de excelencia, eficiencia y productividad en el Servicio Público. Esto se logrará a través de los siguientes objetivos en cuanto a la capacitación y desarrollo de su personal: a. Desarrollar al máximo el talento y la capacidad del personal con potencial para hacer aportaciones a nuestra sociedad. b. Mejorar la eficiencia del Gobierno proveyendo la oportunidad a su personal para que adquiera el grado de preparación que mejor corresponde a los requerimientos de las funciones que está llamado a desempeñar y preparar el potencial humano, técnico y especializado adecuado para atender las necesidades actuales y futuras del servicio. REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS HUMANAOS OFICINA PROCURADORA DEL PACIENTE PÁGINA 59 de 116 C. Proveer a los empleados, en la medida que. los recursos disponibles lo permitan, de los instrumentos necesarios para el mejoramiento de sus conocimientos y sus destrezas así como para su crecimiento en el servicio. d. Facilitar variados medios de adiestramiento para la atención adecuada de las necesidades actuales y futuras del servicio. e. Contribuir a mantener un clima de armonía y satisfacción en el trabajo que redunde en un alto grado de motivación y espíritu de servicio entre los empleados así como en una mayor productividad y una mejor calidad en los servicios que se presten.
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