Regl. 7203, art. XI-VII
Programa de Asistencia Económica
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Cite as Reglamento Núm. 7203, Art. XI-VII
Se establece ese Programa de Asistencia Económica, que proveerá ayuda a estudiantes y
artistas de necesidad económica, utilizando los réditos del fondo dotal. La cantidad de ayuda
a otorgarse se rige por las estipulaciones de la Política de inversión del fondo dotal de la
Escuela de Artes Plásticas de Puerto Rico.
La Junta de Directores de la Escuela de Artes Plásticas será quien otorgue las ayudas, a
través de la Rectora de la Escuela. La Rectora evaluará las solicitudes, y podrá nombrar un
Comité de Ayuda Económica compuesto por personal de la institución, con el propósito de
asistir en las evaluaciones y someter recomendaciones. La Rectora someterá un informe
detallado a la Junta con las correspondientes recomendaciones.