Regl. 7203, art. XI-VII

Programa de Asistencia Económica

Length: 117 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7203, Art. XI-VII

Se establece ese Programa de Asistencia Económica, que proveerá ayuda a estudiantes y artistas de necesidad económica, utilizando los réditos del fondo dotal. La cantidad de ayuda a otorgarse se rige por las estipulaciones de la Política de inversión del fondo dotal de la Escuela de Artes Plásticas de Puerto Rico. La Junta de Directores de la Escuela de Artes Plásticas será quien otorgue las ayudas, a través de la Rectora de la Escuela. La Rectora evaluará las solicitudes, y podrá nombrar un Comité de Ayuda Económica compuesto por personal de la institución, con el propósito de asistir en las evaluaciones y someter recomendaciones. La Rectora someterá un informe detallado a la Junta con las correspondientes recomendaciones.
Regl. 7203, art. XI-VII: Programa de Asistencia Económica | Justis AI