Regl. 7208, art. 22

PROCEDIMIENTO

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a. Para ejercer tal derecho, el Departamento deberá notificar al Municipio formalmente su intención de utilizar determinada instalación con por lo menos treinta (30) días de anticipación. b. El Departamento no utilizará este derecho reservado en aquellas instalaciones donde se esté llevando a cabo actividad recreativa o deportiva recurrente, programada y concurrida, a menos que medie un acuerdo previo entre las partes.
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