Regl. 7214, art. IV-49

Información de tráfico

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Cite as Reglamento Núm. 7214, Art. IV-49

El Control de Puerto mantendrá a las embarcaciones sujetas a practicaje informadas del tránsito alrededor de ellas y dentro de los límites del puerto.
Regl. 7214, art. IV-49: Información de tráfico | Justis AI