Regl. 7214, art. I-26
Movimiento en área de anclaje
Cite as Reglamento Núm. 7214, Art. I-26
Cualquier movimiento de una embarcación que se encuentre en un área de anclaje cumplirá con
los requisitos de identificación y solicitud de servicio de Práctico dispuestos en la Regla 6.