Regl. 7214, art. I-3

Aplicabilidad

Last amended: 2006Length: 57 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7214, Art. I-3

Estas reglas aplicarán a los Prácticos y las embarcaciones, incluyendo, entre otras personas, a sus agentes, dueños, operadores, representantes, así como a los operadores o dueños de muelles o facilidades, y los dueños u operadores de remolcadores o embarcaciones para la asistencia en la maniobra de embarcaciones en su transitar por las aguas navegables de Puerto Rico.
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