Regl. 2958, art. 5
Otras Actividades Permitidas
Cite as Reglamento Núm. 2958, Art. 5
Una compañía de fideicomisos sin facultades bancarias,
siempre y cuando no contravenga alguna otra disposición de este
Reglamento, y sujeto a cualquier otra restricción legal, podrá
llevar a cabo todas las actividades enumeradas en el Artículo
11 de la Ley de Compañías de Fideicomisos excepto:
a) llevar a cabo operaciones que constituyan negocios
bancarios;
b) recibir fondos mediante los mecanismos expuestos en los
incisos a) y b) del Artículo 4 de este Reglamento;
c) hacerse miembro de un Banco Federal de Reserva.