Regl. 7217, art. 1.1

Declaración de principios y metas

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Cite as Reglamento Núm. 7217, Art. 1.1

Es responsabilidad del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico garantizar una educación para todos los estudiantes, que les permita desarrollar sus talentos y aptitudes, que los capaciten para convertirse en personas productivas e independientes, dedicadas de por vida a aprender, en ciudadanos respetuosos de la ley que aprecien la naturaleza y estén dispuestos a servir al bienestar de la sociedad. Las escuelas deben estar firmemente instaladas en nuestro tiempo, convirtiéndose en auténticos centros de enseñanza que correspondan a las necesidades y capacidades de los estudiantes y mantengan lazos íntimos con su comunidad. Dada la diversidad de estudiantes, se hace necesario variar las opciones de materias escolares y ofrecer alternativas creativas en horarios regulares y extendidos. Cambiar la educación en esta dirección no es tarea fácil. Requiere maestros y administradores de valor, visión y energía. Hace falta, por ende, promover la excelencia en los programas de preparación de maestros. Se espera que la clasificación y los estándares y procedimientos para la evaluación de los programas de preparación de maestros promuevan, con tal objetivo en mente, un esfuerzo colaborativo entre el Departamento de Educación de Puerto Rico y las universidades que fortalezca la calidad de los maestros en las escuelas del país.
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