Regl. 7217, art. 2.4.2
Seguimiento y consejerÃa del progreso de los estudiantes. La unidad
Cite as Reglamento Núm. 7217, Art. 2.4.2
da seguimiento y evalúa sistemáticamente el progreso de los estudiantes en pos de las
17
metas del programa y se asegura de que reciban consejerÃa académica y profesional
apropiada desde la admisión y a lo largo de la realización de sus programas de educación
profesional. El programa incluye oportunidades de desarrollo múltiples y diversas para
el crecimiento profesional.
Indicadores:
a)
La unidad tiene y utiliza modelos para determinar si los estudiantes poseen
el conocimiento y las destrezas requeridas para avanzar al siguiente nivel
del programa, asegurando que aquellos que no sean capaces de demostrar
competencia en algún punto tengan las oportunidades apropiadas en
relación a sus necesidades individuales de aprendizaje para aumentar su
nivel de competencia.
b)
El progreso de los estudiantes en las diferentes etapas de los programas se
monitorea a través de auténticas evaluaciones, objetivas y documentadas,
basadas en el desempeño, usando procedimientos sistemáticos y lÃneas
temporales, y a los estudiantes se les orienta y aconseja en torno a su
progreso.
c)
La evaluación del progreso de los estudiantes está basada en múltiples
fuentes de datos, que incluyen el promedio general (GPA), observaciones,
recomendaciones de la facultad, competencia demostrada en el trabajo
académico y profesional (e.g., portafolios, evaluaciones de desempeño,
monografÃas conceptuales y de investigación), y recomendaciones por
parte de profesionales destinados a ese fin en las escuelas.
d)
La información recopilada en la evaluación se usa sistemáticamente para
ayudar a los estudiantes que no están progresando satisfactoriamente.
18
e)
Los criterios de evaluación son consistentes con el marco o marcos
conceptuales de los programas y consistentes con los estándares para
maestros del Departamento de Educación de Puerto Rico. Éstos se usan
para determinar la elegibilidad de los candidatos a maestro para la
enseñanza y otros puestos profesionales.
f)
A través de publicaciones y de consejerÃa por parte de los miembros de la
facultad, se les provee a los candidatos información sobre las polÃticas y
requisitos, incluyendo evaluación de los requisitos, y las estrategias
remediativas que hacen falta para completar sus programas de educación
profesional, la disponibilidad de servicios de consejerÃa social y
psicológica y de oportunidades de trabajo.
g)
La institución lleva a cabo encuestas sistemáticas entre sus estudiantes y
egresados de educación profesional con el propósito de recopilar datos
pertinentes a la efectividad de su consejerÃa. Estos datos se convierten en
la base para mejorar esos servicios.